Propuesta para facilitar el pago de tributos locales con más fraccionamientos
"El Patronato de Recaudación debe adaptarse a la situación económica actual"
El Grupo Socialista de la Diputación defenderá en el próximo pleno una moción que propone una reforma del sistema de fraccionamiento en el pago de los tributos cuya recaudación han delegado los municipios al Patronato Provincial de Recaudación, ha anunciado esta mañana el portavoz socialista, Francisco Conejo. "Proponemos facilitar el pago de impuestos para empresas y particulares en estas circunstancias", ha manifestado. "Nuestra propuesta se basa en flexibilizar los abonos fraccionados y ampliar los calendarios", ha explicado.
En la moción, los socialistas instan al equipo de gobierno de la Diputación para que establezca una nueva modalidad de fraccionamiento de pago de los tributos municipales delegados en el Patronato de Recaudación Provincial en período voluntario y que puedan presentarse antes de la fecha final del plazo de pago previsto en voluntaria, de forma que puedan acogerse a la misma aquellos contribuyentes que no habiendo solicitado el pago fraccionado en el calendario de Plan de Pago Especial, su situación no le permita el abono en un solo plazo de dichos tributos, y no tengan que acudir al fraccionamiento en período ejecutivo teniendo que abonar intereses y recargos.
El Patronato de Recaudación Provincial, de forma muy acertada y de acuerdo con los ayuntamientos que tienen delegada su recaudación en el mismo, puso en marcha el Plan de Pago Especial, un sistema voluntario de pago fraccionado con el fin de que se pudiesen abonar los tributos municipales de una forma más cómoda. "De esta forma se puede elegir entre la modalidad de pago en el período voluntario tradicional de acuerdo con el calendario fiscal que se apruebe y una modalidad de pago fraccionado, en dos pagos, en los meses de abril y octubre; en tres pagos en abril, julio y octubre; o en nueve pagos, en los meses de marzo a noviembre", ha destacado Conejo.
En la modalidad de pago en el período voluntario tradicional no tiene que presentarse solicitud alguna, mientras que para acogerse a la modalidad de pago fraccionado debe presentarse una solicitud y en el plazo anual previsto, sin que tengan que abonarse intereses y mediante la domiciliación de las cuotas resultantes.
La puesta en marcha de esta modalidad de pago fraccionado ha permitido que sean numerosos los contribuyentes que se hayan acogido al mismo en los años que lleva funcionando, por lo que es un sistema que entendemos debe mantenerse, pero esto no impide que pueda incorporarse algún procedimiento o modalidad más de fraccionamiento de deudas en período voluntario, ya que al disponer sólo de este medio para fraccionar las deudas de los tributos anuales en dicho período voluntario, deja fuera a aquellos contribuyentes que o bien no acuden a presentar la solicitud en los plazos previstos o su situación ha cambiado entre dichos plazos y la fecha de abono de los tributos.
"Por otra parte, y ante las dificultades económicas que atraviesan las pequeñas y medianas empresas y la ciudadanía en general por los efectos de la crisis internacional, entendemos que el Patronato de Recaudación Provincial de la Diputación de Málaga debe seguir adoptado medidas que permitan un calendario y procedimiento más flexible en el pago de los tributos locales, concretamente con respecto a elevar el límite exento para aportar garantía, aumentar los plazos y cambiar las cantidades para las solicitudes de aplazamiento o fraccionamientos de pagos de deudas acumuladas, reguladas por la Ordenanza Fiscal reguladora de las especificidades de los "Procedimientos de aplazamientos o fraccionamientos de pago de deudas correspondientes a ingresos de derecho público, por administración de recursos de otros entes", aprobadas en el punto 12/1 del Pleno de la Diputación de Málaga, celebrado el 22 de septiembre de 2009", explica el diputado de asuntos económicos, José Luis Ruiz Espejo.
Entendemos que el límite exento para aportar garantía debe elevarse de los 6.000 euros actuales a los 18.000 euros, equiparándolo con la decisión que se adoptó a nivel estatal para elevar dicho límite a 18.000 euros. "Defendemos la conveniencia de acomodar este procedimiento de aplazamientos o fraccionamientos en el Patronato de Recaudación de la Diputación de Málaga", ha añadido el portavoz.
Además, proponemos un nuevo calendario, con más plazos y una horquilla de cantidades más flexibles y menores para poder acogerse a este fraccionamiento o aplazamiento de pagos de deudas. Destacando que planteamos la disminución de la cantidad mínima para solicitar este procedimiento de 300 a 150 euros y aumentando el plazo máximo a fraccionar de 24 a 36 meses.
El calendario de pagos de deuda acumulada que proponemos estaría configurado por los siguientes plazos:
Deudas por importe acumulado comprendido entre 150 a 1.500 euros: El plazo máximo será hasta 12 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 1.500,01 a 3.000 euros: El plazo máximo será hasta 18 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 3.000,01 a 6.000 euros: El plazo máximo será hasta 24 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 6.000,01 a 9.000 euros: El plazo máximo será hasta 30 meses.
Deudas por importe acumulado superior a 9.000,01 euros: El plazo máximo será hasta 36 meses.
Dicho calendario sustituye al anterior que establecía los siguientes plazos máximos:
Deudas por importe acumulado comprendido entre 300 y 1.000 euros: El plazo máximo será de 6 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 1.000,01 y 3.000 euros: El plazo máximo será de 9 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 3.000,01 y 6.000 euros: El plazo máximo será de 12 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 6.000,01 y 9.000 euros: El plazo máximo será de 15 meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 9.000,01 y 12.000 euros: El plazo máximo será de 18meses.
Deudas por importe acumulado comprendido entre 12.000,01 y 15.000 euros: El plazo máximo será de 21 meses.
Deudas por importe acumulado superior a 15.000,01: El plazo máximo será de 24 meses.