BLOGOSFERA

Emelina Fernández Soriano

Los menores y la televisión


En septiembre de 2009, una ciudadana gaditana denunció ante la Oficina de Defensa de la Audiencia (ODA) del Consejo Audiovisual de Andalucía que en un programa de televisión de ámbito nacional, emitido en plena franja de horario protegido de tarde, sus presentadores explicaban ante las cámaras el funcionamiento de determinados juguetes sexuales, teatralizaban su uso y usaban un lenguaje soez.

Por las mismas fechas, otro espectador de la provincia de Almería también se dirigió a la ODA para quejarse de que en un espacio diario, tipo talk-show, dos jóvenes, bajo el pretexto querer ayudar a una amiga, la insultan y la humillan.

Con la complicidad de la presentadora del programa, también emitido por un canal de ámbito nacional, estos chicos reprochaban su aspecto físico (“es difícil de mirar” –sic-) y su “facilidad” para mantener relaciones sexuales. La aludida entra en plató para, finalmente, romper a llorar mientras promete que a partir de ahora cuidará mejor su aspecto físico. La cámara no deja de enfocarla en un primerísimo primer plano. La chica es menor

Cinco años antes de la recepción de estas dos quejas, en 2004, los operadores de televisión privada existentes hasta el momento –Telecinco, Antena3 y Canal Plus- suscribieron el Código de Autorregulación de los Contenidos Televisivos e Infancia, más exigente que el convenio que firmaron en 1993, al poco de comenzar sus emisiones. Reforzaban así este compromiso, añadiendo un horario de protección reforzada en virtud del cual garantizaban que todos los programas emitidos entre las 17.00 y las 20.00 horas debían ser aptos para menores de 13 años y, además, señalizarían toda la programación para contribuir al adecuado control parental.

Sin embargo, transcurridos unos años, estas dos quejas ciudadanas bastan para constatar el fracaso de la autorregulación. Y este fracaso es especialmente grave si se tiene en cuenta que los niños y niñas menores de 12 años en nuestra comunidad consumen una media de 900 horas al año de televisión, según reveló el Barómetro de Infancia y Televisión en Andalucía, que el CAA realizó en 2008.

A muchos ciudadanos les sorprenderá descubrir que un menor pasa casi el mismo tiempo en la escuela que ante la pantalla: el calendario lectivo en Educación Infantil y Primaria en Andalucía contempla 890 horas de clases al año, en Educación Secundaria son 1.050 las horas de clase.

No debe resultar descabellado, pues, que exista una preocupación pública por los contenidos que se difunden en las televisiones, los valores que transmiten, los modelos de conducta que ensalzan y los estereotipos que propagan. Sobre todo si, como vemos, los operadores de televisión han renunciado a ejercer por si mismos esta responsabilidad a la que están obligados por ley.

De hecho, España es un caso atípico en la Unión Europea, ya que es el único país que –incumpliendo la directiva Televisión sin Fronteras del Parlamento Europeo de 2006- no dispone aún de un Consejo Audiovisual Estatal, una institución con larga tradición en países poco sospechosos de coartar la libertad de expresión como son Francia, Reino Unido, Alemania, Holanda o, por salir de las fronteras europeas, Estados Unidos.

En nuestro país, solo tres comunidades –Cataluña, Navarra y Andalucía- han puesto en marcha este tipo de autoridades reguladoras del audiovisual. Los detractores de estas instituciones –propias de democracias avanzadas, como vemos- acuden con ligereza a la palabra censura para denostar la función de los consejos audiovisuales, obviando –de forma premeditada o bien por ignorancia- que un consejo audiovisual sólo actúa ante contenidos ya emitidos y que además, sólo puede hacerlo cuando se trata de emisiones contrarias a la ley.

Lejos del ánimo censor que muchos atribuyen a estas instituciones, no son excepción las decisiones aprobadas por los consejos audiovisuales que han venido a proteger el derecho a la libertad de expresión, al recordar la obligación a la que están sujetos los operadores de radio y televisión de difundir todos los puntos de vista de un hecho, y no sólo uno, parcial e interesado. El derecho a la libertad de expresión que ampara a cualquier medio de comunicación se complementa con el derecho de la sociedad a recibir una información veraz, igual de inviolable que el primero.

La fórmula elegida para garantizar esa independencia en los países de nuestro entorno, es que esa función garantista la ejerza un organismo ajeno al poder ejecutivo, cuyos miembros sean expertos en la materia con la que trabajan, designados por amplio consenso a través del parlamento que es donde reside la representación popular. Se agiliza así la respuesta a una ciudadanía que, en un amplio porcentaje, el 87%, percibe un exceso de violencia en los contenidos televisivos, según el último Barómetro Audiovisual de Andalucía 2010.

Hago mía la cita de Bernard Shaw: “La esencia de la libertad es la responsabilidad”. En nuestra sociedad, la libertad existe porque nos ponemos límites a nosotros mismos para hacer posible la convivencia pacífica. Esta idea aplicada a los medios de comunicación me lleva a la convicción de que el objetivo principal de un consejo audiovisual es garantizar que el sector audiovisual disfrute del mayor espacio posible de libertad.

Pero para que esa libertad no se convierta en el privilegio de algunos, si no en un bien de toda la sociedad, ha de combinarse con un ejercicio constante de responsabilidad. De lo contrario, se dinamitaría un pilar básico para la convivencia social, como es el de la comunicación.

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