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Lorena Doña Morales

Aparcamientos municipales. SMASSA


Una de las mociones que se debatirán en el pleno del día de hoy en el Ayuntamiento de Málaga será la relativa a SMASSA (Sociedad municipal de Aparcamientos S.A.) a propuesta del Grupo Municipal Socialista. Tras varias iniciativas presentadas y aprobadas en Comisión de Movilidad y en el Pleno del Ayuntamiento el equipo de gobierno municipal del PP hace caso omiso incluso a los acuerdos en los que ellos votan afirmativamente en el seno de dichos órganos de debate del Ayuntamiento de Málaga. Así han obviado realizar una auditoría de gestión y financiera de los servicios que presta la citada empresa que pueda esclarecer el cumplimiento de las obligaciones laborales y la legalidad de la actividad económica o explicar cómo en la sociedad municipal hay dos puestos directivos cuando la ley obliga que sólo pudiera existir uno.

La aprobación de estos acuerdos no se ha materializado en acción alguna, por lo que nos vemos obligados a solicitar de nuevo el cumplimiento de estos acuerdos. Además, lejos de clarificarse la situación en esta Sociedad Municipal, podríamos decir que ha empeorado, a tenor de lo trasladado por parte del Comité de Empresa y de la inacción del equipo de gobierno ante asuntos tan graves. Desde el Grupo Municipal Socialista manifestamos nuestro rechazo a la gestión del Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Municipal de Aparcamiento por la inacción ante esta situación denunciada por el Comité de Empresa y mandatada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno. Exigimos la depuración de responsabilidades sobre cómo se han mantenido de forma irregular dos contratos de Alta Dirección desde el año 2.014 pese a que la legislación establece un solo contrato para este tipo de empresas y adaptara la SMASSA a la legislación vigente.

De igual modo debe garantizarse la legalidad en la Sociedad en todos los aspectos, incluido en lo relativo a la contratación de empleados conforme a la Ley/1985, de Bases de Régimen Local, y de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, que establecen que “la selección de todo personal fijo se realizará de acuerdo con la oferta pública de empleo, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre.

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